V
DE LA DECISION
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el presente fallo:
PRIMERO: Se declara sin lugar la recusación planteada por el abogado EMILIO PÉREZ GALLEGOS, en su carácter de apoderado judicial del BANCO MERCANTIL C.A. BANCO UNIVERSAL, en contra de la Dra. ANGELINA M. GARCÍA HERNÁNDEZ, Juez Duodécima de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el proceso signado con el N° 22.147 de la nomenclatura de ese Tribunal, referido al juicio que por Cobro de Bolívares incoara el BANCO MERCANTIL C.A. BANCO UNIVERSAL contra el ciudadano PEDRO ENRIQUE VILLAVICENCIO BOLÍVAR;
SEGUNDO: Se le impone multa de Dos Mil Bolívares (Bs. 2.000) al recusante, conforme.....