Por las razones antes expuestos este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara
PRIMERO: INADMISIBLE el anuncio del Recurso de Casación interpuesto en fecha 11 de noviembre de 2014, por la abogada GIOMAR MARÍA CORREIA RAMÍREZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, en contra del fallo proferido por este Órgano Jurisdiccional en fecha 30 de abril de 2014, en el juicio que por Cobro de Bolívares incoara el FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS (antes Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria "FOGADE"), actuando conforme a lo previsto en los artículos 107, segundo aparte del 111, numeral 2 del 113 y de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 106 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Secto.....