Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se anula la decisión dictada el 08 de noviembre de 2017 por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que había inadmitido solicitud de divorcio 185-A, peticionada por los ciudadanos JOSELIN HAMOUT HAWAT y JORGE KALBAGDIJ SÁNCHEZ, identificados a initio, y se repone la causa al estado de admisión de la demanda;
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 14 y 15 de noviembre de 2017 por las representaciones judiciales de los solicitantes;