PRIMERO: Se declara PROCEDENTE el presente Recurso de Hecho interpuesto el 20 de junio de 2012 por los abogados José Antonio Olivo Durán y Carmen Alicia Epalza, apoderados judiciales de la sociedad mercantil PROMOCIONES 86 C.A. (parte demandada), en contra del auto de fecha 14 de junio de 2012 dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual negó oír la apelación interpuesta por la fallida en contra de la decisión proferida el 04 de junio de 2012, en el juicio de Quiebra seguido contra la sociedad mercantil PROMOCIONES 86 C.A;
SEGUNDO: Se REVOCA el auto dictado el 14 de junio de 2012 por el Tribunal de la causa, que negó oír la apelación ejercida por la parte demandada y se ORDENA oír el referido recurso interpuesto por la fallida el 07/06/2012 en contra del auto de la resolución del 04 de junio de 2012 en el solo efecto devolutivo;
TERCERO: No se prod.....