DE LA DECISION
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el presente fallo:
PRIMERO: Se declara Sin Lugar la recusación planteada por el abogado EDGAR NUÑEZ ALCANTARA, en su carácter de apoderado judicial de ALMACO VENEZUELA C.A., en contra del Dr. LUIS RODOLFO HERRERA GONZÁLEZ, Juez Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el proceso signado con el N° 05-8278 de la nomenclatura de ese Tribunal, referido al juicio que por Resolución de Contrato de Arrendamiento incoara INVERSORA GARDA C.A.;
SEGUNDO: Se le impone multa de dos mil bolívares (Bs. 2.000,oo) al recusante, conforme al artículo 98 del Código de procedimiento Civil, para lo cual correspon.....