Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ADMITE el anuncio del Recurso de Casación interpuesto el 05 de junio de 2015 por el abogado José Ramón Varela V., en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, en contra del fallo proferido por este Órgano Jurisdiccional el 27 de marzo de 2015, en el juicio que por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento incoara la sociedad mercantil SANTA BARBARA BARRA Y FOGÒN C.A. en contra de la empresa BAR RESTAURANTE EL QUE BIEN, C.A., ambas partes identificadas ab-initio.
Se ordena remitir mediante oficio el presente expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Asimismo, se hace constar que el lapso de los diez (10) días de despacho para interponer el recurso come.....