Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Homologado el Desistimiento de la apelación formulado por el abogado Jesús A. Bracho, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, en el juicio de Acción de Nulidad Mercantil incoado por empresa ESTACIONAMIENTO LA RUEDA S.R.L. contra la sociedad mercantil INDOICA C.A., quedando definitivamente firme la resolución judicial primigeniamente recurrida, dictada el 07 de abril de 2014 (dejándose constancia que en la primera hoja del fallo se indica la fecha de 10-04-2014 ) por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas;
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora.....