III
DE LA DECISION
Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
UNICO: Se NIEGA la homologación del Desistimiento formulado en fecha 16 de julio de 2007 por el abogado EMILIO PEREZ GALLEGOS, en su carácter de apoderado judicial de BANCO MERCANTIL C.A. BANCO UNIVERSAL, en la incidencia de recusación planteada contra la Juez Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio de Cobro de Bolívares incoado por la mencionada institución financiera en contra de PEDRO ERIQUE VILLAVICENCIO BOLIVAR, (Exp. 22.147).
No se produce condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Regístrese y publíquese la presente decisión.
Dada, firmada en la Sala.....