Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se MODIFICA, de la manera establecida en la motiva, la decisión dictada el 31 de marzo de 2017 por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la forma que aquí se establece en cuanto a la prueba (libre) fotográfica, la cual resulta admisible en la acción merodeclarativa incoada por el ciudadano BRAULIO ANTONIO GARCÍA PINO Vs. la ciudadana LITZA MARIANA RIVERO AZA, quedando incólume la mencionada resolución respecto a los demás puntos no recurridos.
SEGUNDO: De igual modo, se insta al tribunal de la causa que, de la manera señalada en la motiva, proceda a fijar .....