Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Declara su competencia para conocer y decidir la apelación interpuesta el 12 de junio de 2015 por la abogada YOMAIRA OSPINO (parte actora), quien actúa en su propio nombre y representación, en contra de la resolución judicial proferida el 05 de junio de 2015 por el Juzgado Vigésimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró inadmisible la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoara la ciudadana YOMAIRA OSPINO en contra de la ciudadana OMAIRA GÓMEZ;
SEGUNDO: Asumida la competencia por este Órgano Jurisdiccional en la causa de marras, se ordena a trámite la apelac.....