PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana MARTY BEATRIZ GONZÁLEZ GONGORA, ya identificada, donde participó como interviniente también la Sociedad Mercantil TAMANACO SUITE I C.A., en contra de la decisión judicial de naturaleza cautelar dictada el día 30 de julio de 2008 por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el curso del juicio que por nulidad de asiento registral incoara la compañía HOTEL TAMANACO, C.A. contra la compañía TAMANACO SUITE I, C.A. y la OFICINA SUBALTERNA DEL PRIMER CIRCUITO DE REGISTRO DEL MUNICIPIO BARUTA DEL ESTADO MIRANDA; decreto este ampliamente mencionado en el cuerpo de esta sentencia.-
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, el Tribunal declara que es NULA la mencionada resolución, donde fue decretada la medida de prohibición de enajenar y gravar antes mencionada y por lo tanto, la misma no t.....