DISPOSITIVO
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: NULAS y SIN EFECTO JURÍDICO ALGUNO, todas y cada una de las actuaciones realizadas en el proceso a partir del auto de admisión de la demandada de fecha treinta (30) de septiembre de dos mil nueve (2009), dictado por el Juzgado Quinto de Primera, Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de conformidad con lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que por ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE UNIÓN CONCUBINARIA sigue la ciudadana CARMEN MARILIS FLORES RAMÍREZ contra HUMBERTO DÍAZ RODRÍGUEZ.
SEGUNDO: REPONE LA CAUSA, al estado de que al Juez que le corresponda conocer admita .....