Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la presente acción que por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, vía incidental, fuese incoada por el ciudadano ISMAEL MEDINA PACHECO, contra la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA MERCADERES C.A., ambos plenamente identificados, toda vez que la misma debe ser propuesta a través del juicio breve, en sede civil y ante un Juez competente por la cuantía,
SEGUNDO: Ante la naturaleza de lo decidido no hay condenatoria en costas.-
Déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la C.....