DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Primero: Con lugar el recurso de apelación interpuesto en fecha catorce (14) de agosto de dos mil doce (2012), por la parte co- accionante ciudadano LEOPOLDO SARRIA, debidamente asistido por el abogado ANDRÉS SARRIA, Inpreabogado Nº 141.733, en contra de la decisión dictada en fecha trece (13) de agosto de dos mil doce (2012), por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró INADMISIBLE la presente acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos LEOPOLDO SARRIA PÉREZ Y MARÍA EUGENIA FERNÁNDEZ DE SARRIA.-
Segundo: Se revoca la sentencia dictada en fecha trece (13) de.....