PRIMERO: CON LUGAR los recursos de apelación ejercidos por la recurrente, ciudadana MIRIAM BALI DE ALEMAN, ya identificada, mediante diligencias aportadas los dìas trece (13) de Junio de dos mil seis (2006) y veinticinco (25) de julio del dos mil seis (2006), contra de las decisiones pronunciadas en fecha siete (7) de Junio y veintiuno (21) de Julio del año dos mil seis (2006) respectivamente, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en las que se declaró la inadmisibilidad de las recusaciones propuestas por la precitada ciudadana, en contra de la Juez de ese Tribunal.-
SEGUNDO: NULO el fallo pronunciado por el precitado Juzgado en fecha siete (7) de Junio del año dos mil seis (2006) , donde se declaró la inadmisibilidad de la recusación propuesta con base a la causal contenida en el ordinal 15º del artìculo 82 del Código de Procedimiento Civil, por haberse subvertido el proced.....