IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS, la presente acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano RAMON GUERRA BETANCOURT, debidamente representado por la abogada JAZMINE FLOWERS GOMBOS N., contra las supuestas irregularidades de orden cronológico realizadas por los Juzgados Primero y Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas.
No se hace condenatoria en costas, dada la naturaleza jurídica del presente fallo.
Déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.