PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado ADOLFO OLIVO ROJAS, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra el auto dictado en fecha 07 de Febrero de 2006, por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se REVOCA POR CONTRARIO IMPERIO el auto dictado en fecha 07 de febrero del año 2.006.-
SEGUNDO: SE REPONE la causa al estado que se encontraba en fecha 26 de enero del año 2.006.-
Déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias de este Tribunal.
Remítase el presente expediente en su oportunidad legal, al Tribunal de origen.