Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha tres (3) de noviembre de dos mil once (2011), por el abogado JOSE GABRIEL DIAZ ALVIAREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 119.914, procediendo con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra de la decisión pronunciada en fecha veintiocho (28) de octubre de dos mil once (2011), por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a través de la cual declaró perimida la instancia y extinguido el presente proceso que por COBRO DE BOLIVARES (VIA EJECUTIVA) fuese incoado por su representada BANCO INDUSTRIAL D.....