DISPOSITIVO
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha tres (3) de noviembre de dos mil diecisiete (2017), por el abogado RAMON ERASMO ARAQUE RAMÍREZ en su condición de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha veintisiete (27) de octubre de dos mil diecisiete (2017), por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: Se ordena la reposición de la causa al estado en que se practique nuevamente la citación de la parte demandada INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA (INAVI), en la persona del actual presidente del Ministerio de Hábitat y Vivienda. En consecuencia, queda CONFIRMADO.....