PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 02 de Agosto de 2.007, por el abogado LEANDRO CARDENAS CASTILLO, quien actúa en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión dictada en fecha 31 de julio del año 2.007, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión apelada de fecha 31 de julio de 2007, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de esta Circunscripción Judicial.
TERCERO: Se PROHIBE a la ciudadana MARIA AVELLANEDA viuda de PIÑERO enajenar y gravar el siguiente bien inmueble de su propiedad:
"Apartamento distinguido con las siglas PH-2 (Pent House Dos A) de la torre OASIS II A del Conjunto Residencial OASIS II A y OASIS III B, ubicado en la Urbanización La Campiña, Avenida Prolongación Las Estancias, Parroquia El Recreo actual Municipio Libertador del Distrito Capital. Los linderos, medidas y demás determ.....