DISPOSITIVO
Por las razones y consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de hecho interpuesto por el abogado SERGIO TROYANO LANUZA, en su condición de codemandado, en contra del auto pronunciado por el Juzgado Vigésimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha dos (2) de agosto de dos mil dieciséis (2016), que negó el recurso de apelación interpuesto por el mencionado ciudadano, en contra de la sentencia dictada en fecha nueve (9) de noviembre de dos mil quince (2015), en el expediente Asunto AP31-V-2016-000634, contentivo de la demanda de COBRO DE BOLÍVARES (VÍA EJECUTIVA), Interpuesta por el CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL CENTRO.....