DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta en fecha 14 de diciembre del año dos mil nueve (2.009) por los Abogados José Antonio Peñaranda y Belén Briceño Girón, con su carácter de apoderados judiciales de las Sociedades Mercantiles Transporte Venesur 2005, C.A. y Suministro de Máquinas, Equipos y Materiales, SUMATECA, C.A., y de los ciudadanos Aníbal Guillermo Aponte Pérez, Julio César Aponte Pérez, Pedro Francisco Escalona Vivas, ya plenamente identificados en el encabezado del presente fallo, en contra de la Juez del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de C.....