Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha trece (13) de febrero de dos mil catorce (2014), por el abogado, LUIS FELIPE BLANCO SOUCHON, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 1.267, procediendo con el carácter de apoderado judicial de la parte actora en el juicio, sociedad mercantil PROMOCIONES INMOBILIARIAS PH-6006, S.A., en contra de la decisión pronunciada por el Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción judicial del Area Metropolitana de Caracas, el día siete (7) de febrero de ese mismo año, que ordenó la reposición de la causa al estado de que fuese librado y publicado nuevo edicto en la acción declarativa de extinción de hipoteca in.....