DISPOSITIVO
Por lo tanto, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto a través de diligencia de fecha ocho (08) de enero de dos mil catorce (2014), por la abogada MARÍA GABRIELA ARANGUREN, en su condición de apoderada judicial de la parte demandante, contra la sentencia dictada el diecisiete (17) de diciembre de dos mil trece (2013), por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, queda REVOCADA la sentencia recurrida.
SEGUNDO: EXTINGUIDO el proceso que por FRAUDE PROCESAL, interpusiera la abogada MARÍA GABRIELA ARANGUREN, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana SANDRA MEYER MONTENEGRO, contra el.....