PRIMERO: Con Lugar la Acción de Amparo Constitucional intentada por los abogados HENRY TORREALBA LEDESMA y GABRIEL DE JESÚS GONCALVES, apoderados judiciales de C.A. CERVECERIA REGIONAL contra la decisión dictada el 14 de junio de 2006 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se deja sin efecto la decisión antes identificada, en virtud de lo cual las pruebas de testigos promovidas por C.A. CERVECERIA REGIONAL deben continuarse evacuando bajo los parámetros que a tal efecto fueron establecidos en los autos del 11 de abril de 2003 y del 16 de octubre de 2003. TERCERO: Se declara NULO y sin ningún efecto jurídico el auto dictado en fecha 11 de julio de 2006, por cuanto el mismo es incompatible y contradictorio con la medida cautelar dictada en fecha 03de julio de 2006. En consecuencia, se ordena notificar lo conducente al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Merca.....