DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: DA POR CONSUMADO el desistimiento de la acción y del procedimiento formulado en fecha trece (13) de agosto de dos mil dieciocho (2.018), por el abogado RUBÉN DARÍO VALDIVIESO RUÍZ, ya identificado, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, sociedad mercantil BANCO PLAZA, C.A., BANCO UNIVERSAL, en el juicio que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA incoara contra la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA LOS MOROCHOS, C.A., y los ciudadanos JOSÉ ANTONIO YOUSSIF JERAIS y ZULAY YABBOUR DE YOUSSIF.
SEGUNDO: Procédase como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Por la.....