declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 22 de Marzo de 2.006, por la abogado MARÍA DE LOS ÁNGELES SURGA MORALES, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, ciudadano CARLOS EDUARDO PACANINS CLEARY, contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 20 de Marzo del año 2.006, por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: SE REVOCA el fallo interlocutorio de fecha 20 de Marzo del año 2.006, dictado por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y SE LE ORDENA al mencionado Juzgado decretar la Medida de Secuestro solicitada.
Déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.
Remítase el presente expediente en su oportunidad legal.