DISPOSITIVO
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 22 de abril de 2010, por el abogado JULIO CÉSAR PÉREZ PALELLA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión dictada en fecha 23 de marzo de 2010, por el Juzgado Décimo Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó el decreto de medida cautelar de secuestro, solicitada por la parte actora.
SEGUNDO: SE REVOCA el auto dictado en fecha 23 de marzo de 2010, por el Juzgado antes mencionado.
TERCERO: Conforme a lo previsto en el artículo 39 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, SE DECRETA MEDIDA DE SECUESTRO sobre el siguiente bien inmueble:
Un apartamento .....