DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha veintiocho (28) de junio de dos mil dieciocho (2.018), por el abogado ANIBAL JOSÉ LAIRET VIDAL, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadana PATRICIA PAOLA MARCANO DELLA CASA; y, sociedad mercantil M.C. 2021 CONSTRUCCIONES, C.A., contra la sentencia dictada en fecha veintiséis (26) de junio de dos mil dieciocho (2.018), por el Juzgado Vigésimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la demanda de TERCERÍA interpuesta por la ciudadana CECILIA DEL ROSARIO ARISTIGUIETA FARFÁN, contra la referida ciudadana PATRICIA PAOLA MARCANO DELLA .....