declara SIN LUGAR la apelación interpuesta fecha 9 de marzo del 2006 por el abogado LUIS RINCON, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante, contra la sentencia dictada en fecha 03 de marzo del 2006 por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró inadmisible la Acción de Amparo Constitucional intentada por el ciudadano JUAN RAMON HERNANDEZ MARTIN, en su carácter de Director y Representante Judicial de las sociedades ELECTROMANECTICA BARUTA S.R.L., y TALLER VOLKS BARUTA S.R.L., Se CONFIRMA la decisión dictada en fecha 3 de marzo del 2006, por el Juzgado arriba mencionado.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza jurídica del presente fallo.
Remítase el presente expediente al Tribunal de origen en su oportunidad legal.
Déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias de este Tribunal.