PRIMERO: PERIMIDA LA INSTANCIA y EXTINGUIDO EL PROCESO, en la solicitud de exequátur, a la sentencia dictada por el Tribunal Cuarto de Familia de la ciudad de Bucaramanga, República de Colombia en fecha 05-04-2004, interpuesto por el abogado CARLOS MIGUEL MARIN, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos, JOSE HERNANDEZ BARON Y ANA YANETH IBARRA MONSALVE, todo de conformidad con lo establecido en el ordinal 1º del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.