En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR QUINTO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación ejercido en fecha 03.06.2011, por la abogada Yvana Borges, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada en contra de la decisión dictada por el Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 1º de junio de 2011, que declaró Con Lugar la demanda de cumplimiento de contrato incoada por los abogados Miren Barriola de Colmenter, Alexander Preziosi, Alfredo Abou-Hassan F., María Carolina Solórzano y Alejandro García, en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil Libros y Revistas A.E.S.A., S.A., en contra de la sociedad mercantil Consorcio Libertador 4021, C.A.,.....