PRIMERO: CONFIRMA la decisión del veintiséis (26) de marzo de 2009, dictada por el Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la cual se declaró incompetente en la demanda por resolución de contrato de venta con reserva de dominio seguido por la sociedad mercantil Mi Banco de Desarrollo C.A., contra el ciudadano Jesús Abraham Ramírez.
SEGUNDO: COMPETENTE para conocer del juicio al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, al cual se ordena remitir el presente expediente.