SE CONCEDE FUERZA EJECUTORIA, en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia dictada el 12 de noviembre de 2008, por el Juzgado de Primera Instancia Nº 28º de Madrid, Reino de España, mediante la cual declaró la disolución del matrimonio contraído civilmente por los ciudadanos ALEXANDRA DE LOS ÁNGELES DE DIN LOPEZ y JOSÉ GABRIEL RIVAS FERRER, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-.11.779.055 y V-.10.542.231, respectivamente.