Sin lugar la apelación interpuesta en fecha 23 de mayo de 2006, por el ciudadano Yehya Haim Youwayed, administrador de la parte actora, asistido por el abogado Rafael Latorre Cáceres, contra la decisión dictada en fecha 19 de mayo de 2006, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó el decreto de medida preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar, en el juicio de nulidad de asiento registral y reivindicación, incoado por C.A., El Cafetal, contra Promotora Inmobiliaria Campo Sol, C.A.