DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil; y 26, 49 y 257 contenidos en la Carta Magna, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la recusación presentada en fecha 31 de octubre de 2016, por el abogado HUGO LUÍS DAM SUÁREZ, actuando en su carácter de apoderado judicial de sociedad mercantil Inversiones Pen 2006 C.A., contra el Dr. JOSÉ GREGORIO VIANA, en su condición de Juez del Juzgado Noveno de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: En acatamiento a la sentencia con carácter vinculante de fecha 23 de noviembre 2010 dictada por la Sala Constitucional del Tribu.....