DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil; 26 y 257 de la Carta Magna, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido en fecha 23 de marzo de 2017, por el abogado Maximiliano Najul, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 51.341, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha 21 de marzo de 2017 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: SE REVOCA, la decisión dictada de fecha 21 de marzo de 2017, dictada por el Juzgado Tercero .....