Con fundamento en las consideraciones de hecho y de derecho señaladas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación.
SEGUNDO: Improcedente la perención de la instancia opuesta por la parte demandada.
TERCERO: Sin lugar la defensa de caducidad de la acción aducida por el defensor ad litem de la parte demandada.
CUARTO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES interpusiera el BANCO MERCANTIL C.A., BANCO UNIVERSAL contra la sociedad mercantil COMERCIALIZADORA FAROS Y BOYAS C.A., y la ciudadana NEYRA ARACELI DEL SOCORRO RIVAS DE CONTRERAS, ambas partes suficientemente identificadas al inicio de este fallo. En consecuencia se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora la suma de Bs. 8.337.67 (Bs. 8.337.669,84 para la.....