Por las razones y consideraciones que anteceden, este JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin Lugar el recurso de apelación ejercido por el abogado RAUL RAMIREZ SENIA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en el presente juicio, contra la decisión de fecha 08 de enero de 2008 dictada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión apelada que negó la medida cautelar de secuestro solicitada por la parte actora sobre el inmueble ubicado en el Edificio Residencias Country Plaza, planta baja PB-A, de la avenida principal de San Marino cruce con avenida Blandin, Urbanización San Marino, Municipio Autónomo Chacao, Distrito Sucre del Es.....