DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243, 254 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de apelación ejercido por el ciudadano Jesús Chacón, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana CARMEN JULIA FERMIN CONTRERAS, parte actora, contra la sentencia interlocutoria de fecha 21 de noviembre de 2016, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual se pronunció sobre la admisibilidad de las pruebas promovidas por las partes. .....