Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano JORGE TAHÁN BITTAR abogado en ejercicio inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 7603, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadanos WILLIAM VERA GABAY y TIBISAY VENEGAS DE VERA contra el auto de admisión de pruebas proferido por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS en fecha 16 de Julio de 2.007.
SEGUNDO: SE CONFIRMA en todas y cada una de sus partes el auto de fecha 16 de Julio de 2007, dictado por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA.....