Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Primero: CON LUGAR la inhibición planteada por el Dr. RODOLFO HERRERA GONZALEZ, en su carácter de Juez titular del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Segundo: No resultan injuriosas ni amenazantes los señalamientos expresados por el abogado HUMBERTO BELLO, en diligencia de fecha 16 de marzo de 2006.