V
DISPOSITIVA
Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin Lugar la apelación ejercida por el abogado Juan Andrés Sarría Fernández, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, sociedad mercantil INVERSIONES LUBEGAN, S.R.L., en el juicio que por Cobro de Bolívares intentara en su contra la JUNTA DE PROPIETARIOS DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL CENTRO PLAZA, contra el auto de fecha 24 de febrero de 2012 dictado por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; en consecuencia, queda confirmado el auto apelado.
SEGUNDO: Se condena en costas del presente recurso a la parte apelante, de conformidad con el artículo.....