Dispositiva.
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil y 26, 49 y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley declara:
Primero: Con lugar el recurso de apelación ejercido por el abogado Manuel Mezzoni Ruiz, en fecha 11 de mayo de 2017, contra la sentencia de fecha 17 de marzo de 2017 dictada por el Juzgado Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Segundo: Queda así revocada la sentencia apelada, dictada por el Juzgado Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 17 de marzo de 2017.
Tercero: Sin lugar la demanda de desalo.....