Con fundamento en los motivos antes expresados, como consecuencia de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en sede constitucional, DECLARA IMPROCEDENTE la acción de Amparo Constitucional interpuesta por por los abogados ANTONIO JOSE MARTINEZ, JOSE SILVESTRE PADRON, JOAQUIN TOMAS ESTRADA, venezolanos mayores de edad de este domicilio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo los Nros. 32.932, 16.609, y 39.557 respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano EMILIO GUGGINO CARRILLO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-221.035, contra la sentencia dictada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERC.....