En consecuencia, por los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición planteada por la Dra. Aura Maribel Contreras de Moy Juez del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.