Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el abogado Ruber Enrique Colmenares Pinto, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Dusbrialka de Jesús Sumoza, parte actora en el presente juicio. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por Daños Patrimoniales y Morales incoada por la ciudadana Dusbrialka de Jesús Sumoza contra la sociedad mercantil Farmatodo, C.A. TERCERO: SE CONFIRMA el fallo de fecha 30 de octubre de 2007, proferido por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. CUARTO: SE CONDENA EN COSTAS a la parte actora de conformidad con el 274 del Código de Procedimiento Civ.....