Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 18 de abril de 2012, por el ciudadano Jorge Alberto Dávalos, debidamente asistido por el abogado Néstor Palacios Matheus, parte demandante, plenamente identificados en autos, contra la decisión proferida en fecha 14 de marzo de 2012, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: se REVOCA el auto de fecha 14 de marzo de 2012, dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, el cual declaró HOMOLOGADA LA TRANSACCION en el presente juicio.
TERCERO: SE NIEGA LA HOMOL.....