Por la motivación precedente, este Tribunal Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: la REPOSICIÓN de la causa al estado en que el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, notifique a la parte actora, COMPAQ COMPUTER CORPORATION, de la sentencia proferida por ese Juzgado en fecha 30 de mayo de 2011.
SEGUNDO: No se condena en costas dada la naturaleza de la presente decisión.