Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil; 26, 49 y 257 contenidos en la Carta Magna, declara:
Primero: CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por la abogada CAROLINA MARIA GARCÍA CEDEÑO, en su condición de JUEZ DEL JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en el curso del juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO que siguen los ciudadanos JAIMES OMAR TORRES CARDENAS Y MARÍA ALEJANDRA SANGUINETTI MORENO contra las ciudadanas LIDIA YJOUK DE PIÑEIRO Y GABRIELA TYJOUK GEIS.
Segundo: En acatamiento a la sentencia con carácter vinculante de fecha 23 de noviembre 2010 dictada por.....